Se define el robo como la apropiación de cosa mueble ajena usando violencia o intimidación. En ausencia de estos elementos, se califica como hurto.
ART. 432. El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo; si faltan la violencia, la intimidación y la fuerza, el delito se califica de hurto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial para su negocio entender la diferencia entre robo y hurto, ya que esto puede influir en la forma en que se manejan los incidentes de pérdida de bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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