CP

Artículo 472 ter. Pena por perjuicio tributario

Este articulo establece que si un hecho causa un perjuicio que excede de ochenta mil unidades tributarias mensuales, se podrá imponer una pena mayor. Esto implica una mayor severidad en las sanciones en casos de defraudación significativa.

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Texto Legal

ART. 472 ter.- En los casos en que alguno de los hechos previstos en este Párrafo irrogare un perjuicio que exceda de ochenta mil unidades tributarias mensuales o afecte a un número considerable de personas, se podrá imponer la pena superior en un grado a la señalada por la ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa se ve involucrada en un caso que supere el umbral mencionado, podría enfrentarse a sanciones más severas, lo que puede afectar su reputación y finanzas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 472 ter del CP?

Este articulo establece que si un hecho causa un perjuicio que excede de ochenta mil unidades tributarias mensuales, se podrá imponer una pena mayor. Esto implica una mayor severidad en las sanciones en casos de defraudación significativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 472 ter de la CP?

Si su empresa se ve involucrada en un caso que supere el umbral mencionado, podría enfrentarse a sanciones más severas, lo que puede afectar su reputación y finanzas.

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