Si la persona deudora presenta sus cuentas en el término señalado, quedarán éstas por tres días a la vista de las partes en el órgano jurisdiccional, y dentro del mismo tiempo presentarán sus objeciones, determinando las partidas no consentidas. El incidente de impugnación de algunas partidas no...
Si la persona deudora presenta sus cuentas en el término señalado, quedarán éstas
por tres días a la vista de las partes en el órgano jurisdiccional, y dentro del mismo tiempo presentarán
sus objeciones, determinando las partidas no consentidas.
El incidente de impugnación de algunas partidas no impide que se despache ejecución a solicitud de
parte, respecto de aquellas cantidades que confiese tener en su poder la persona deudora, sin perjuicio
de que se substancien las oposiciones a las partidas objetadas.
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