El embargo sólo procede y subsiste en cuanto a los bienes que fueron objeto de él, basten para cubrir lo condenado en la resolución judicial de que se trate la suerte principal, intereses, costas, gastos y daños y perjuicios, en su caso, incluyéndose los nuevos vencimientos y réditos hasta...
El embargo sólo procede y subsiste en cuanto a los bienes que fueron objeto de él,
basten para cubrir lo condenado en la resolución judicial de que se trate la suerte principal, intereses,
costas, gastos y daños y perjuicios, en su caso, incluyéndose los nuevos vencimientos y réditos hasta la
conclusión del procedimiento.
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Art. 1031. La persona ejecutante puede señalar los bienes que han de...
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