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Artículo 1114. Las autoridades jurisdiccionales requeridas deberán ejecutar las sentencias, de

Las autoridades jurisdiccionales requeridas deberán ejecutar las sentencias, de conformidad con lo siguiente: I. Que versen sobre cantidad líquida o cosa determinada individualmente; II.

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Texto Legal

Las autoridades jurisdiccionales requeridas deberán ejecutar las sentencias, de
conformidad con lo siguiente:

I.Que versen sobre cantidad líquida o cosa determinada individualmente;

II.Que se trataren de derechos reales sobre inmuebles o de bienes muebles ubicados en la

Entidad Federativa correspondiente y conforme a las Leyes del lugar;

III.Si tratándose de derechos personales o del estado civil, la persona condenada se sometió

expresamente o por razón de domicilio a la justicia que la pronunció, y

IV.Siempre que la parte condenada haya sido emplazada personalmente para ocurrir al juicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1114 del CNPCF?

Las autoridades jurisdiccionales requeridas deberán ejecutar las sentencias, de conformidad con lo siguiente: I. Que versen sobre cantidad líquida o cosa determinada individualmente; II.

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