CNPCF

Artículo 1130. Salvo disposición derivada de este Código y de tratados y convenciones

Salvo disposición derivada de este Código y de tratados y convenciones internacionales de que México sea parte, el derecho procesal aplicable al proceso es el mexicano, siguiendo, al efecto, las siguientes reglas: I. El orden jurídico de los Estados Unidos Mexicanos determinará las condiciones,...

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Texto Legal

Salvo disposición derivada de este Código y de tratados y convenciones
internacionales de que México sea parte, el derecho procesal aplicable al proceso es el mexicano,
siguiendo, al efecto, las siguientes reglas:

I.El orden jurídico de los Estados Unidos Mexicanos determinará las condiciones,

procedimiento y efectos de las inscripciones registrales en los registros públicos mexicanos, y

II.Solo los hechos estarán sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente cuando se funde

en usos, costumbres, tradiciones o valores culturales.

Sección Primera
De las Notificaciones, Emplazamientos y Medidas Cautelares

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1130 del CNPCF?

Salvo disposición derivada de este Código y de tratados y convenciones internacionales de que México sea parte, el derecho procesal aplicable al proceso es el mexicano, siguiendo, al efecto, las siguientes reglas: I. El orden jurídico de los Estados Unidos Mexicanos determinará las condiciones,...

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