Se prohíbe la reproducción, difusión o puesta a disposición de constancias, videos o audiograbaciones, bajo sanciones administrativas, civiles y penales.
Queda prohibida la reproducción, difusión o puesta a disposición por cualquier medio, de las constancias, videos o audio grabaciones de las audiencias, en términos de las leyes de transparencia, acceso a la información, privacidad y protección de datos personales que resulten aplicables.
La violación a este precepto, hará a la persona que lo infrinja, acreedora a las sanciones previstas para tal caso en la legislación administrativa, civil y penal, con independencia de las medidas disciplinarias que procedan conforme a este Código Nacional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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