Hay presunción legal cuando la Ley la establece expresamente y cuando la consecuencia nace inmediata y directamente de la Ley; hay presunción humana, cuando de un hecho debidamente probado, se deduce otro que es consecuencia ordinaria de aquél.
Hay presunción legal cuando la Ley la establece expresamente y cuando la
consecuencia nace inmediata y directamente de la Ley; hay presunción humana, cuando de un hecho
debidamente probado, se deduce otro que es consecuencia ordinaria de aquél.
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