La persona que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligada a probar el hecho en que se funda la presunción.
La persona que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligada a probar el
hecho en que se funda la presunción.
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Art. 338. Hay presunción legal cuando la Ley la establece expresamente y cuando la
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