CNPCF

Artículo 347. Las presunciones legales hacen prueba plena, salvo que existan otras que la

Las presunciones legales hacen prueba plena, salvo que existan otras que la contradigan o el presente Código Nacional disponga lo contrario. El órgano jurisdiccional según la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos, los indicios y el enlace necesario que exista entre la verdad conocida y la...

libro-segundopruebas

Texto Legal

Las presunciones legales hacen prueba plena, salvo que existan otras que la
contradigan o el presente Código Nacional disponga lo contrario.
El órgano jurisdiccional según la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos, los indicios y el enlace
necesario que exista entre la verdad conocida y la que se busca, apreciará discrecionalmente el valor de
las presunciones humanas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 347 del CNPCF?

Las presunciones legales hacen prueba plena, salvo que existan otras que la contradigan o el presente Código Nacional disponga lo contrario. El órgano jurisdiccional según la naturaleza de los hechos, la prueba de ellos, los indicios y el enlace necesario que exista entre la verdad conocida y la...

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 347 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 347 CNPCF desde tu celular