Al juicio oral sumario le resultan aplicables las disposiciones generales de este Código Nacional, siempre que no contravengan lo previsto en este Capítulo.
Al juicio oral sumario le resultan aplicables las disposiciones generales de este Código
Nacional, siempre que no contravengan lo previsto en este Capítulo.
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Art. 351. Corresponde a los Consejos de la Judicatura de los Poderes...
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Art. 353. La demanda será formulada por comparecencia y en ella se expresarán en forma
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