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Artículo 365. En los procedimientos orales sumarios no existirá expediente

En los procedimientos orales sumarios no existirá expediente. Las audiencias se registrarán por cualquier medio que se estime conveniente, que asegure la preservación de la información para que pueda ser consultada.

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Texto Legal

En los procedimientos orales sumarios no existirá expediente.
Las audiencias se registrarán por cualquier medio que se estime conveniente, que asegure la
preservación de la información para que pueda ser consultada.
No será necesario que la autoridad judicial sea asistida por persona secretaria judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 365 del CNPCF?

En los procedimientos orales sumarios no existirá expediente. Las audiencias se registrarán por cualquier medio que se estime conveniente, que asegure la preservación de la información para que pueda ser consultada.

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