CNPCF

Artículo 387. Presentándose por cualquiera de los interesados el documento firmado ya sea de

Presentándose por cualquiera de los interesados el documento firmado ya sea de manera electrónica o autógrafa, en el que se contiene la cláusula compromisoria, la autoridad jurisdiccional citará a una audiencia dentro del quinto día para que se presenten a elegir árbitro, apercibiéndolos de que,...

libro-terceroaudienciamedios-electrónicos

Texto Legal

Presentándose por cualquiera de los interesados el documento firmado ya sea de
manera electrónica o autógrafa, en el que se contiene la cláusula compromisoria, la autoridad
jurisdiccional citará a una audiencia dentro del quinto día para que se presenten a elegir árbitro,
apercibiéndolos de que, en caso de no hacerlo, lo hará en su rebeldía.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 387 del CNPCF?

Presentándose por cualquiera de los interesados el documento firmado ya sea de manera electrónica o autógrafa, en el que se contiene la cláusula compromisoria, la autoridad jurisdiccional citará a una audiencia dentro del quinto día para que se presenten a elegir árbitro, apercibiéndolos de que,...

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 387 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 387 CNPCF desde tu celular