La autoridad jurisdiccional no puede designar como apoyos a las personas que tengan conflicto de intereses con la persona apoyada. No será considerado como conflicto de intereses la simple relación de parentesco que tenga la persona apoyada con quien proporciona el apoyo.
La autoridad jurisdiccional no puede designar como apoyos a las personas que tengan
conflicto de intereses con la persona apoyada. No será considerado como conflicto de intereses la simple
relación de parentesco que tenga la persona apoyada con quien proporciona el apoyo.
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