CNPCF

Artículo 464. En casos excepcionales, por la complejidad del asunto, la...

En casos excepcionales, por la complejidad del asunto, la autoridad jurisdiccional podrá planificar el desahogo de pruebas en más de una que se celebrará en días consecutivos sin afectar los principios de continuidad y concentración.

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Texto Legal

En casos excepcionales, por la complejidad del asunto, la autoridad jurisdiccional podrá
planificar el desahogo de pruebas en más de una que se celebrará en días consecutivos sin afectar los
principios de continuidad y concentración.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 464 del CNPCF?

En casos excepcionales, por la complejidad del asunto, la autoridad jurisdiccional podrá planificar el desahogo de pruebas en más de una que se celebrará en días consecutivos sin afectar los principios de continuidad y concentración.

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