El acuerdo de arbitraje puede celebrarse previo a que inicie un procedimiento jurisdiccional, durante éste una vez iniciado y hasta antes de dictada la sentencia definitiva. En caso de que las partes decidan someterse a un juicio arbitral una vez iniciado un procedimiento jurisdiccional, la...
El acuerdo de arbitraje puede celebrarse previo a que inicie un procedimiento
jurisdiccional, durante éste una vez iniciado y hasta antes de dictada la sentencia definitiva.
En caso de que las partes decidan someterse a un juicio arbitral una vez iniciado un procedimiento
jurisdiccional, la autoridad jurisdiccional las remitirá al arbitraje, dando por concluida la instancia, a
menos, que se compruebe que el acuerdo es nulo, ineficaz o de ejecución imposible.
Lo actuado en el procedimiento jurisdiccional carecerá de validez para el juicio arbitral, salvo que las
partes de común acuerdo convinieren lo contrario.
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Art. 533. Las partes tienen el derecho de someter sus controversias al juicio arbitral
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Art. 535. El acuerdo de arbitraje es un convenio, por el que las...
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