La solicitud de separación del hogar común podrá hacerse por comparecencia o por escrito que deberá contener al menos lo siguiente: I. Expresar los hechos sobre los que base la solicitud; II.
La solicitud de separación del hogar común podrá hacerse por comparecencia o por
escrito que deberá contener al menos lo siguiente:
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Art. 578. Quien intente demandar, denunciar o querellarse contra su cónyuge o persona
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