CNPCF

Artículo 596. Las resoluciones que se dicten en las diligencias de...

Las resoluciones que se dicten en las diligencias de jurisdicción voluntaria ante autoridad jurisdiccional son recurribles en términos de lo que establece este Código Nacional. Contra la resolución desestimatoria de la petición procede el recurso de queja y la que dé por concluido el...

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Texto Legal

Las resoluciones que se dicten en las diligencias de jurisdicción voluntaria ante
autoridad jurisdiccional son recurribles en términos de lo que establece este Código Nacional. Contra la
resolución desestimatoria de la petición procede el recurso de queja y la que dé por concluido el
procedimiento de las diligencias, será apelable en ambos efectos.

Sección Segunda
De la Consignación de Alimentos

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 596 del CNPCF?

Las resoluciones que se dicten en las diligencias de jurisdicción voluntaria ante autoridad jurisdiccional son recurribles en términos de lo que establece este Código Nacional. Contra la resolución desestimatoria de la petición procede el recurso de queja y la que dé por concluido el...

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