Las resoluciones que se dicten en las diligencias de jurisdicción voluntaria ante autoridad jurisdiccional son recurribles en términos de lo que establece este Código Nacional. Contra la resolución desestimatoria de la petición procede el recurso de queja y la que dé por concluido el...
Las resoluciones que se dicten en las diligencias de jurisdicción voluntaria ante
autoridad jurisdiccional son recurribles en términos de lo que establece este Código Nacional. Contra la
resolución desestimatoria de la petición procede el recurso de queja y la que dé por concluido el
procedimiento de las diligencias, será apelable en ambos efectos.
Sección Segunda
De la Consignación de Alimentos
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