Cuando en el convenio aprobado se haya pactado sobre la donación de inmuebles, la autoridad jurisdiccional de manera oficiosa, girará oficio al titular del Registro Público de la Propiedad correspondiente, para que haga la anotación preventiva.
Cuando en el convenio aprobado se haya pactado sobre la donación de inmuebles, la
autoridad jurisdiccional de manera oficiosa, girará oficio al titular del Registro Público de la Propiedad
correspondiente, para que haga la anotación preventiva.
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