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Artículo 761. Si todas las personas interesadas aprobaren la cuenta, o no...

Si todas las personas interesadas aprobaren la cuenta, o no la impugnaren, la autoridad jurisdiccional la aprobará. Si existiere inconformidad se tramitará el incidente respectivo.

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Texto Legal

Si todas las personas interesadas aprobaren la cuenta, o no la impugnaren, la autoridad
jurisdiccional la aprobará. Si existiere inconformidad se tramitará el incidente respectivo. Quienes
sostengan la misma pretensión deberán nombrar representante común.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 761 del CNPCF?

Si todas las personas interesadas aprobaren la cuenta, o no la impugnaren, la autoridad jurisdiccional la aprobará. Si existiere inconformidad se tramitará el incidente respectivo.

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