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Artículo 760. Presentada la cuenta anual de administración, se mandará...

Presentada la cuenta anual de administración, se mandará poner en la Secretaría, a disposición de quienes tengan interés para que se impongan, por un término de diez días, citándose mediante notificación personal en términos de lo dispuesto por este ordenamiento.

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Texto Legal

Presentada la cuenta anual de administración, se mandará poner en la Secretaría, a
disposición de quienes tengan interés para que se impongan, por un término de diez días, citándose
mediante notificación personal en términos de lo dispuesto por este ordenamiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 760 del CNPCF?

Presentada la cuenta anual de administración, se mandará poner en la Secretaría, a disposición de quienes tengan interés para que se impongan, por un término de diez días, citándose mediante notificación personal en términos de lo dispuesto por este ordenamiento.

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