Cuando los productos de los bienes variaren de bimestre a bimestre, el albacea presentará su proyecto de distribución por cada uno de los períodos indicados. En este caso deberá presentarse el proyecto dentro de los primeros cinco días del bimestre.
Cuando los productos de los bienes variaren de bimestre a bimestre, el albacea
presentará su proyecto de distribución por cada uno de los períodos indicados. En este caso deberá
presentarse el proyecto dentro de los primeros cinco días del bimestre.
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Art. 766. Presentado el proyecto, se pondrá a la vista de las...
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Art. 768. Si el albacea no presentare el proyecto de distribución...
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