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Artículo 783. Para la apertura del testamento público cerrado, los testigos reconocerán

Para la apertura del testamento público cerrado, los testigos reconocerán separadamente sus firmas y el pliego que las contenga. El Ministerio Público asistirá a la diligencia.

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Texto Legal

Para la apertura del testamento público cerrado, los testigos reconocerán
separadamente sus firmas y el pliego que las contenga. El Ministerio Público asistirá a la diligencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 783 del CNPCF?

Para la apertura del testamento público cerrado, los testigos reconocerán separadamente sus firmas y el pliego que las contenga. El Ministerio Público asistirá a la diligencia.

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