CNPCF

Artículo 786. Si se presentaren dos o más testamentos cerrados de una...

Si se presentaren dos o más testamentos cerrados de una misma persona, la autoridad jurisdiccional procederá respecto a cada uno de ellos como se previene en este Capítulo y los hará protocolizar en un mismo oficio para los efectos de que el testamento que subsista sea aquel que indiquen las...

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Texto Legal

Si se presentaren dos o más testamentos cerrados de una misma persona, la autoridad
jurisdiccional procederá respecto a cada uno de ellos como se previene en este Capítulo y los hará
protocolizar en un mismo oficio para los efectos de que el testamento que subsista sea aquel que
indiquen las disposiciones del Código Civil de la Entidad Federativa respectiva.

Sección Segunda
De la Declaración del Testamento Ológrafo

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 786 del CNPCF?

Si se presentaren dos o más testamentos cerrados de una misma persona, la autoridad jurisdiccional procederá respecto a cada uno de ellos como se previene en este Capítulo y los hará protocolizar en un mismo oficio para los efectos de que el testamento que subsista sea aquel que indiquen las...

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