El testamento hecho en país extranjero será declarado válido por la autoridad jurisdiccional competente, cuando haya sido formulado de conformidad con las Leyes del país en que se otorgue y no contravenga al orden público mexicano, siguiendo las reglas de aplicación e interpretación que...
El testamento hecho en país extranjero será declarado válido por la autoridad
jurisdiccional competente, cuando haya sido formulado de conformidad con las Leyes del país en que se
otorgue y no contravenga al orden público mexicano, siguiendo las reglas de aplicación e interpretación
que contempla la legislación sustantiva de cada Entidad Federativa.
Capítulo III
Procedimiento Sucesorio No Controvertido Vía Judicial
Anterior
Art. 797. Hechas las publicaciones que ordena el Código Civil de la Entidad Federativa
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Art. 799. En el caso que no exista controversia alguna entre...
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