La autoridad jurisdiccional deberá notificar a las sociedades de información crediticia respecto de la celebración del convenio o la emisión de la sentencia, adjuntado una copia certificada, y ordenará la inscripción del convenio o de la sentencia en los registros públicos en que proceda.
La autoridad jurisdiccional deberá notificar a las sociedades de información crediticia
respecto de la celebración del convenio o la emisión de la sentencia, adjuntado una copia certificada, y
ordenará la inscripción del convenio o de la sentencia en los registros públicos en que proceda.
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