CNPCF

Artículo 874. Los términos establecidos en este Capítulo, podrán ser...

Los términos establecidos en este Capítulo, podrán ser ampliados por una sola vez por la autoridad jurisdiccional Federal, si existieren causas justificadas para ello.

libro-sextoprocedimiento-civil

Texto Legal

Los términos establecidos en este Capítulo, podrán ser ampliados por una sola vez por
la autoridad jurisdiccional Federal, si existieren causas justificadas para ello.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 874 del CNPCF?

Los términos establecidos en este Capítulo, podrán ser ampliados por una sola vez por la autoridad jurisdiccional Federal, si existieren causas justificadas para ello.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 874 del CNPCF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 874 CNPCF desde tu celular