CNPCF

Artículo 90. Competencia en interdictos

En los interdictos siempre conoce la autoridad del lugar de ubicación del bien.

interdictoscompetenciaubicación del bien
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

En los interdictos conocerá siempre la autoridad jurisdiccional de la ubicación del bien.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del CNPCF?

En los interdictos siempre conoce la autoridad del lugar de ubicación del bien.

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