Para la celebración de las diligencias y audiencias virtuales deberán de acatarse las reglas de las diligencias y audiencias dentro del procedimiento judicial respectivo, ajustándose en lo conducente a las reglas para el desarrollo de las audiencias y diligencias virtuales, en términos de lo...
Para la celebración de las diligencias y audiencias virtuales deberán de acatarse las
reglas de las diligencias y audiencias dentro del procedimiento judicial respectivo, ajustándose en lo
conducente a las reglas para el desarrollo de las audiencias y diligencias virtuales, en términos de lo
dispuesto en el presente Título.
Capítulo III
De los Sistemas de Justicia Digital y de la Seguridad de la Información
Sección Primera
De los Sistemas de Justicia Digital
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