CNPCF

Artículo 970. La autoridad jurisdiccional advertirá a todas las personas que intervengan en un

La autoridad jurisdiccional advertirá a todas las personas que intervengan en un procedimiento en línea, de la naturaleza confidencial o pública de las audiencias y diligencias virtuales.

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Texto Legal

La autoridad jurisdiccional advertirá a todas las personas que intervengan en un
procedimiento en línea, de la naturaleza confidencial o pública de las audiencias y diligencias virtuales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 970 del CNPCF?

La autoridad jurisdiccional advertirá a todas las personas que intervengan en un procedimiento en línea, de la naturaleza confidencial o pública de las audiencias y diligencias virtuales.

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