En días festivos, solo se permitirán trabajos indispensables para la seguridad y limpieza de la nave. Esto protege el derecho al descanso de la dotación.
Art. 110. En los días domingo o festivos no se exigirán a la dotación otros trabajos que aquellos que no puedan postergarse y que sean indispensables para el servicio, seguridad, higiene y limpieza de la nave.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurarse de que solo se realicen trabajos indispensables en festivos ayuda a mantener un ambiente laboral saludable y respetar los derechos de la tripulación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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