- Funciones. Las funciones del Consejo Superior del Ministerio Publico son las siguientes: 1) Dirigir y administrar el sistema de la carrera del Ministerio Publico; 2) La administracion financiera y presupuestaria del Ministerio Publico; 3) Ejercer el control disciplinario sobre representantes, funcionarios y empleados del Ministerio Publico, con excepcion del Procurador General de la Republica; 4) Formular y aplicar los instrumentos de evaluacion de los representantes del Ministerio Publico y del personal administrativo que lo integran; 5) Trasladar a representantes del Ministerio Publico, provisional o definitivamente, de una jurisdiccion a otra cuando sea necesario y util al servicio, con las condiciones y garantias previstas en la ley, con excepcion de las y los procuradores adjuntos del Procurador General de la Republica; 6) Crear los cargos administrativos que sean necesarios para que el Ministerio Publico pueda cumplir las atribuciones que le confieren esta Constitucion y las leyes; 7) Las demas funciones que le confiera la ley. CAPITULO VI DE LA DEFENSA PUBLICA Y LA ASISTENCIA LEGAL GRATUITA
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