Establece las causales por las cuales se puede perder la calidad de ciudadano, incluyendo la pérdida de nacionalidad y condenas a penas aflictivas. Se mencionan procedimientos para la recuperación.
Artículo 17.- La calidad de ciudadano se pierde: 1º.- Por pérdida de la nacionalidad chilena; 2º.- Por condena a pena aflictiva, y 3º.- Por condena por delitos que la ley califique como conducta terrorista y los relativos al tráfico de estupefacientes y que hubieren merecido, además, pena aflictiva. Los que hubieren perdido la ciudadanía por la causal indicada en el número 2º, la recuperarán en conformidad a la ley, una vez extinguida su responsabilidad penal. Los que la hubieren perdido por las causales previstas en el número 3º podrán solicitar su rehabilitación al Senado una vez cumplida la condena.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Perder la calidad de ciudadano implica la pérdida de derechos políticos y civiles. Es fundamental cumplir con las leyes para evitar consecuencias que afecten tu estatus y derechos en el país.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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