CPR

Artículo 59. Prohibiciones tras la elección

Desde su proclamación, los diputados y senadores no pueden ser nombrados para ciertos empleos, salvo en caso de guerra. Esto busca evitar conflictos de interés y asegurar la independencia del legislador.

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Texto Legal

Artículo 59.- Ningún diputado o senador, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en el artículo anterior. Esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente de la República, Ministro de Estado y agente diplomático; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de diputado o senador.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo protege la independencia de los legisladores, pero puede limitar su capacidad de actuar en situaciones de emergencia nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del CPR?

Desde su proclamación, los diputados y senadores no pueden ser nombrados para ciertos empleos, salvo en caso de guerra. Esto busca evitar conflictos de interés y asegurar la independencia del legislador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la CPR?

Este artículo protege la independencia de los legisladores, pero puede limitar su capacidad de actuar en situaciones de emergencia nacional.

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