Se considera indebido no llevar contabilidad electronica, no enviarla al SAT en los plazos establecidos, o enviarla con informacion incompleta o inconsistente para obstaculizar la fiscalizacion.
No llevar contabilidad en medios electronicos conforme a los lineamientos del SAT, no enviar mensualmente la balanza de comprobacion y el catalogo de cuentas al SAT, o enviar informacion inconsistente, incompleta o desfasada que no refleje la situacion financiera real del contribuyente.
El contribuyente lleva contabilidad en hojas de calculo sin estructura contable formal, no vincula las polizas con los CFDI correspondientes, omite el envio de la balanza de comprobacion mensual, o envia informacion que no coincide con las declaraciones presentadas. Algunos contribuyentes llevan una "doble contabilidad" para fines fiscales y operativos.
- Articulo 28, fracciones III y IV del CFF (contabilidad electronica)
- Articulo 33 del Reglamento del CFF (requisitos de contabilidad)
- Anexo 24 de la RMF 2026 (especificaciones tecnicas de contabilidad electronica)
- Multas: De $400 a $12,070 por cada obligacion incumplida de contabilidad electronica.
- Determinacion presuntiva: El SAT puede determinar presuntivamente los ingresos y utilidades.
- Cancelacion de CSD: Por incumplimiento reiterado de envio de contabilidad electronica.
- Presuncion de irregularidades: La doble contabilidad es indicio de defraudacion fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
RIESGO MEDIO-ALTO. SDV recomienda implementar un sistema contable electronico que cumpla con los requerimientos del Anexo 24 de la RMF, incluyendo catalogo de cuentas alineado al codigo agrupador del SAT, balanza de comprobacion mensual y polizas vinculadas a CFDI. El envio oportuno de la contabilidad electronica es una obligacion formal cuyo incumplimiento genera multas y puede detonar facultades de comprobacion.
Art. 3/CFF/NV. Uso indebido del buzon tributario y resistencia a notificaciones
Se considera indebido no habilitar el buzon tributario o negarse a recibir notificaciones electronicas del SAT para obstaculizar el ejercicio de las facultades de comprobacion.
Art. 4/CFF/NV. Emision de CFDI con complemento de pago sin que exista pago real
Se considera indebido emitir complementos de pago (REP) que no corresponden a pagos efectivamente realizados, con el fin de generar efectos fiscales de acreditamiento o deduccion anticipados.
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