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Artículo 140. Explotacion y aprovechamiento del patrimonio

Senala que explotacion, uso y aprovechamiento de bienes del patrimonio del DF seran regulados por ordenamientos de Asamblea Legislativa.

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Texto Legal

La explotación, uso y aprovechamiento de los bienes del patrimonio del Distrito Federal serán regulados por los ordenamientos que expida la Asamblea Legislativa. Artículo adicionado DOF 04-12-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La regulacion requiere actos legislativos especificos para cada aprovechamiento. Los contratos de concesion, arrendamiento o uso temporal requieren amparo legal previo. Los consultores deben revisar leyes complementarias antes de aconsejar operaciones sobre bienes patrimoniales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 140 del 10_270614?

Senala que explotacion, uso y aprovechamiento de bienes del patrimonio del DF seran regulados por ordenamientos de Asamblea Legislativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 140 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

La regulacion requiere actos legislativos especificos para cada aprovechamiento. Los contratos de concesion, arrendamiento o uso temporal requieren amparo legal previo. Los consultores deben revisar leyes complementarias antes de aconsejar operaciones sobre bienes patrimoniales.

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