Establece obligaciones: cumplir leyes, contribuir a gastos publicos proporcionalmente, usar vias publicas conforme destino y ejercer derechos sin perturbar orden publico.
Son obligaciones de los habitantes cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los de este Estatuto así como los de las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables; contribuir a los gastos públicos de la Federación y del Distrito Federal, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino; y ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad públicos ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los demás habitantes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo de caracter normativo general pero procedimental. Util para contexto en litigios pero con impacto limitado en consultorias especializadas.
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