Establece que derechos se ejercen en terminos de Constitucion y Estatuto, con medidas que garanticen orden publico, tranquilidad social, seguridad ciudadana y preservacion ambiental.
Los derechos a que se refiere este capítulo se ejercerán en los términos y condiciones que señalen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este Estatuto y las demás leyes y reglamentos, los cuales determinarán las medidas que garanticen el orden público, la tranquilidad social, la seguridad ciudadana y la preservación del medio ambiente.
CAPITULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CIUDADANOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cláusula limitante que permite restricciones regulatorias. Utiles para defensa de medidas administrativas restrictivas pero generalmente ya contemplada en jurisprudencia constitucional.
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