10_270614

Artículo 54. Bando de declaracion del Jefe de Gobierno electo

La Asamblea Legislativa expide un Bando para declarar al Jefe de Gobierno del DF electo conforme la sentencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal.

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Texto Legal

La Asamblea Legislativa expedirá el Bando para dar a conocer en el Distrito Federal, la declaración de Jefe de Gobierno del Distrito Federal electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Distrito Federal en los términos de la ley de la materia. Artículo reformado DOF 04-12-1997

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Bando es acto administrativo formal de reconocimiento. Su emision es requisito para que el Jefe de Gobierno electo sea considerado legitimamente investido y pueda iniciar transicion gubernamental.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del 10_270614?

La Asamblea Legislativa expide un Bando para declarar al Jefe de Gobierno del DF electo conforme la sentencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

El Bando es acto administrativo formal de reconocimiento. Su emision es requisito para que el Jefe de Gobierno electo sea considerado legitimamente investido y pueda iniciar transicion gubernamental.

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