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Artículo 7. Distribucion de poderes en gobierno del Distrito Federal

Establece que el gobierno del DF está a cargo de Poderes Federales y organos locales Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La distribucion de atribuciones se determina por la Constitucion, este Estatuto y disposiciones legales aplicables.

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Texto Legal

El gobierno del Distrito Federal está a cargo de los Poderes Federales, y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presente Estatuto y las demás disposiciones legales aplicables. Párrafo reformado DOF 04-12-1997

La distribución de atribuciones entre los Poderes Federales y los órganos de gobierno del Distrito Federal está determinada además de lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que dispone este Estatuto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave para entender la naturaleza hibrida de gobierno en el DF. Fundamental para litigios sobre competencia y jurisdiccion entre autoridades federales y locales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del 10_270614?

Establece que el gobierno del DF está a cargo de Poderes Federales y organos locales Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La distribucion de atribuciones se determina por la Constitucion, este Estatuto y disposiciones legales aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la ESTATUTO de Gobierno del Distrito?

Articulo clave para entender la naturaleza hibrida de gobierno en el DF. Fundamental para litigios sobre competencia y jurisdiccion entre autoridades federales y locales.

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