Establece que las multas fiscales deben individualizarse conforme a las circunstancias del caso y fundamentarse adecuadamente.
MULTAS FISCALES. LA AUTORIDAD DEBE INDIVIDUALIZARLAS CONFORME A LOS CRITERIOS DEL ARTICULO 75 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, FUNDAMENTANDO LAS RAZONES POR LAS QUE SE UBICA EN EL MONTO DETERMINADO.
El articulo 75 del Codigo Fiscal de la Federacion establece los criterios que las autoridades fiscales deben observar al imponer multas por infracciones a las disposiciones fiscales. La autoridad debe fundar y motivar su resolucion, senalando las razones particulares por las que se determina el monto de la multa, tomando en consideracion los siguientes elementos: la gravedad de la infraccion; la capacidad economica del infractor; la reincidencia del contribuyente en el tipo de infraccion de que se trate; y si la infraccion fue subsanada por el contribuyente antes de que la autoridad la descubriera. Las multas tienen un rango minimo y maximo establecido en la ley, y la autoridad debe expresar las razones por las que se ubica en un punto especifico dentro de dicho rango. La imposicion de la multa en su monto maximo sin justificacion constituye un vicio de ilegalidad que puede dar lugar a su modificacion o nulidad en sede contenciosa. Cuando el infractor sea reincidente, las multas podran incrementarse conforme a las reglas previstas en el articulo 75 del Codigo.
Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.
Undecima Epoca. Registro digital: 2023234. Publicada en el Semanario Judicial de la Federacion, Libro 6, octubre de 2021.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas fiscales son uno de los rubros mas defendibles. Frecuentemente el SAT impone multas en su monto maximo sin individualizar conforme al articulo 75 del CFF. Este es un vicio de legalidad que permite obtener la nulidad o reduccion de la multa en juicio. Adicionalmente, existe la posibilidad de solicitar condonacion de multas en ciertos supuestos. Recomendamos siempre impugnar las multas cuando no esten debidamente individualizadas, ya que los tribunales tienden a anularlas por falta de fundamentacion y motivacion.
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