— Durante su tramitación, una solicitud de patente de invención podrá ser convertida en solicitud de modelo de utilidad y viceversa. El solicitante podrá efectuar la conversión dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud; o dentro de los treinta (30) días corridos desde la fecha en que la Administración Nacional de Patentes lo hubiera requerido. En caso que el solicitante no convierta la solicitud dentro del plazo estipulado, se tendrá por abandonada la misma. (Artículo sustituido por art. 80 de la Ley N° 27.444 B.O. 18/6/2018)
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