Regula el tratamiento aduanero de las mercancias que se deterioren, destruyan o pierdan durante su permanencia en deposito fiscal, incluyendo la determinacion de responsabilidades y el pago de contribuciones.
Cuando las mercancias en deposito fiscal sufran deterioro, destruccion o perdida:
Si el deterioro se debe a la naturaleza de las mercancias:
- Se podran retirar para destruccion sin pago de contribuciones.
- El almacen no sera responsable.
Si la perdida es imputable al almacen:
- El almacen pagara las contribuciones correspondientes a las mercancias perdidas.
- Se hara efectiva la garantia del almacen.
En caso de siniestro (incendio, inundacion, terremoto):
- Se realizara un inventario de las mercancias danadas.
- Se podra solicitar la cancelacion de las contribuciones de las mercancias destruidas.
- Se debera demostrar la causa del siniestro ante la autoridad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las mercancias que se deterioran o destruyen en deposito fiscal generan responsabilidad para el almacen o el depositante segun las circunstancias. Si la causa es imputable al almacen, este responde por las contribuciones. Las empresas deben asegurar sus mercancias en deposito fiscal y documentar cualquier deterioro o siniestro para delimitar responsabilidades.
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