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Artículo 125. Transito interno de mercancias

Regula el transito interno de mercancias como el traslado bajo control fiscal de una aduana de entrada a una aduana interior, o de una aduana interior a una aduana de salida, estableciendo los requisitos y procedimientos.

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Texto Legal

Articulo 125 - Transito interno

El transito interno consiste en el traslado de mercancias de una aduana de entrada a una aduana interior, o de una aduana interior a una aduana de salida.

Requisitos

- Tramitar un pedimento de transito (clave T1).
- Utilizar precintos oficiales en los contenedores o vehiculos.
- Cumplir con el plazo de traslado autorizado por la autoridad.
- Utilizar el sistema de rastreo satelital cuando la autoridad lo requiera.

Empresas transportistas

Solo podran realizar el transito interno las empresas de transporte autorizadas que cumplan con los requisitos de seguridad establecidos por el SAT.

Aduana de despacho

El despacho de las mercancias se realizara en la aduana de destino, donde se activara el mecanismo de seleccion automatizado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El transito interno permite trasladar mercancias de una aduana de entrada a una aduana interior o viceversa bajo control fiscal. Esto es util cuando la aduana de ingreso no es la aduana donde se realizara el despacho. Las empresas que importan por puertos maritimos y despachan en aduanas interiores (como la aduana del AICM o de Pantaco) utilizan frecuentemente este regimen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 125 del LAd?

Regula el transito interno de mercancias como el traslado bajo control fiscal de una aduana de entrada a una aduana interior, o de una aduana interior a una aduana de salida, estableciendo los requisitos y procedimientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 125 de la Ley Aduanera?

El transito interno permite trasladar mercancias de una aduana de entrada a una aduana interior o viceversa bajo control fiscal. Esto es util cuando la aduana de ingreso no es la aduana donde se realizara el despacho. Las empresas que importan por puertos maritimos y despachan en aduanas interiores (como la aduana del AICM o de Pantaco) utilizan frecuentemente este regimen.

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