Establece los medios de defensa que tienen los contribuyentes contra los actos y resoluciones de las autoridades aduaneras, incluyendo el recurso de revocacion, el juicio contencioso administrativo y el amparo.
Los contribuyentes podran impugnar los actos de las autoridades aduaneras mediante:
- Se interpone ante la propia autoridad aduanera.
- Plazo de 30 dias habiles siguientes a la notificacion del acto impugnado.
- Suspende la ejecucion del acto impugnado cuando se garantice el interes fiscal.
- Se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
- Alternativo al recurso de revocacion (no se pueden promover ambos).
- Plazo de 30 dias habiles para su interposicion.
- Procede contra violaciones a los derechos constitucionales del contribuyente.
- Se promueve ante los Juzgados de Distrito en materia administrativa.
En todos los casos, el contribuyente podra solicitar la suspension del acto impugnado, previo otorgamiento de garantia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los medios de defensa contra actos aduaneros incluyen el recurso de revocacion ante el SAT y el juicio contencioso ante el TFJA. Los plazos son de 30 dias habiles para el recurso y 45 para el juicio. Las empresas que reciban resoluciones desfavorables deben actuar dentro de los plazos legales. La asesoria de un abogado especializado en comercio exterior es esencial para una defensa efectiva.
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