Establece los supuestos en que las multas aduaneras podran reducirse o condonarse, incluyendo la autocorreccion, la colaboracion con la autoridad y el cumplimiento espontaneo de obligaciones.
Las multas impuestas por infracciones aduaneras podran reducirse conforme a:
Las multas se reduciran al 50% cuando:
- El infractor pague la multa dentro de los 45 dias siguientes a la notificacion.
- Cumpla espontaneamente con la obligacion que dio origen a la multa.
Las multas podran reducirse al 66% cuando:
- Se trate de la primera infraccion del contribuyente.
- El monto de las contribuciones omitidas no exceda cierto umbral.
La reduccion no procede cuando:
- Se trate de infracciones por contrabando o sus equiparables.
- Se hayan utilizado documentos falsos.
- Exista reincidencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La reduccion de multas premia la autocorreccion y la cooperacion con la autoridad. Las multas pueden reducirse hasta en un 50% cuando el contribuyente corrige espontaneamente. Las empresas que detecten irregularidades en sus operaciones deben evaluar la conveniencia de autocorregirse y solicitar la reduccion de multas, comparando el costo de la regularizacion contra el riesgo de una auditoria.
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