Establece los requisitos del certificado de origen que debe presentar el importador para gozar de trato arancelario preferencial conforme a un tratado de libre comercio, asi como la forma y los plazos para su presentacion.
Para gozar de trato arancelario preferencial conforme a un tratado de libre comercio, el importador debera contar con un certificado de origen valido.
- Debe ser emitido por el exportador o productor de las mercancias.
- Debe cumplir con el formato y los datos establecidos en el tratado aplicable.
- Debe estar vigente al momento de la importacion.
- Debe amparar las mercancias especificas objeto de la operacion.
En algunos tratados (como el T-MEC), el importador puede autocertificar el origen de las mercancias con base en su conocimiento y la informacion disponible.
El importador debera conservar el certificado de origen por un periodo minimo de cinco anos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El certificado de origen es el documento clave para acceder a trato preferencial bajo TLCs como el T-MEC, TLCUEM o CPTPP. Los requisitos varian segun el tratado aplicable. Las empresas deben verificar que el certificado este correctamente llenado, vigente y que la mercancia cumpla con las reglas de origen especificas. Un certificado defectuoso resulta en la perdida del beneficio arancelario.
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