LAd

Artículo 76. Exportacion de mercancias nacionalizadas

Establece que las mercancias que hubieran sido previamente importadas definitivamente podran exportarse en forma definitiva sin restricciones adicionales, conservando su condicion de mercancias nacionalizadas para efectos de un eventual retorno.

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Texto Legal

Articulo 76 - Exportacion de mercancias nacionalizadas

Las mercancias que hubieran sido importadas definitivamente y que hayan adquirido la condicion de mercancias nacionalizadas podran exportarse libremente.

Condiciones

- Se debera tramitar el pedimento de exportacion definitiva.
- Se declarara el valor comercial de las mercancias.
- Se cumpliran las regulaciones y restricciones no arancelarias a la exportacion, en su caso.

Beneficios

El exportador de mercancias previamente importadas podra beneficiarse del programa Drawback para la devolucion de los aranceles pagados en la importacion de insumos incorporados al producto exportado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las mercancias nacionalizadas (importadas definitivamente) pueden exportarse sin restricciones adicionales. Los exportadores deben tramitar el pedimento de exportacion correspondiente para obtener el comprobante fiscal de exportacion y, en su caso, solicitar la devolucion de IVA. Las empresas que reexportan mercancias previamente importadas deben vincular correctamente ambas operaciones en sus registros contables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 76 del LAd?

Establece que las mercancias que hubieran sido previamente importadas definitivamente podran exportarse en forma definitiva sin restricciones adicionales, conservando su condicion de mercancias nacionalizadas para efectos de un eventual retorno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 76 de la Ley Aduanera?

Las mercancias nacionalizadas (importadas definitivamente) pueden exportarse sin restricciones adicionales. Los exportadores deben tramitar el pedimento de exportacion correspondiente para obtener el comprobante fiscal de exportacion y, en su caso, solicitar la devolucion de IVA. Las empresas que reexportan mercancias previamente importadas deben vincular correctamente ambas operaciones en sus registros contables.

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