LAd

Artículo 9. Obligaciones de pasajeros en materia aduanera

Establece la obligacion de toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo de declarar ante la autoridad aduanera las mercancias que transporte, asi como los montos de divisas que porte en efectivo.

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Texto Legal

Articulo 9 - Obligaciones de pasajeros

Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo debera declarar ante las autoridades aduaneras:

Obligaciones de declaracion

- Las mercancias que transporte y que esten sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias.
- Los montos en divisas que porte en efectivo, cuando excedan el equivalente a diez mil dolares de los Estados Unidos de America.
- Las mercancias que excedan la franquicia autorizada.

Mecanismo de declaracion

Los pasajeros internacionales declararan sus mercancias a traves del formulario de declaracion aduanera o del mecanismo de seleccion automatizado (semaforo fiscal).

Consecuencias del incumplimiento

La omision de la declaracion de mercancias o de divisas podra dar lugar a su embargo y a la imposicion de las multas correspondientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La obligacion de declarar mercancias y divisas aplica a todas las personas que crucen la frontera. Los pasajeros que no declaren mercancias por encima de la franquicia ($500 USD por via terrestre, $300 USD por otros medios) enfrentan multas y decomiso. En el caso de divisas, la obligacion de declarar montos superiores a $10,000 USD es fundamental para prevenir lavado de dinero. Las empresas que envian personal al extranjero deben capacitarlos sobre estas obligaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LAd?

Establece la obligacion de toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo de declarar ante la autoridad aduanera las mercancias que transporte, asi como los montos de divisas que porte en efectivo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la Ley Aduanera?

La obligacion de declarar mercancias y divisas aplica a todas las personas que crucen la frontera. Los pasajeros que no declaren mercancias por encima de la franquicia ($500 USD por via terrestre, $300 USD por otros medios) enfrentan multas y decomiso. En el caso de divisas, la obligacion de declarar montos superiores a $10,000 USD es fundamental para prevenir lavado de dinero. Las empresas que envian personal al extranjero deben capacitarlos sobre estas obligaciones.

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