LAd

Artículo 93. Plazos de permanencia en exportacion temporal

Establece los plazos maximos de permanencia en el extranjero para las mercancias exportadas temporalmente, los cuales varian segun la finalidad de la exportacion y el tipo de mercancia.

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Texto Legal

Articulo 93 - Plazos de exportacion temporal

Las mercancias exportadas temporalmente deberan retornar al pais dentro de los siguientes plazos:

Plazos

- Hasta un ano: mercancias para exhibicion, ferias, reparacion, pruebas e investigacion.
- Hasta dos anos: maquinaria y equipo para uso temporal en el extranjero.
- Por el plazo que dure el permiso: cuando se otorgue un permiso especial.

Prorroga

La autoridad aduanera podra autorizar la prorroga del plazo por causas justificadas.

Incumplimiento

Si las mercancias no retornan dentro del plazo, se considerara que fueron exportadas definitivamente y se perdera el derecho al retorno libre de impuestos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los plazos de exportacion temporal varian segun la finalidad: hasta 2 anos para retorno en el mismo estado y hasta 1 ano para transformacion o reparacion. Estos plazos son prorrogables en ciertos casos. Las empresas deben solicitar prorrogas con anticipacion cuando prevean que no podran retornar la mercancia en el plazo original. El incumplimiento genera consecuencias fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LAd?

Establece los plazos maximos de permanencia en el extranjero para las mercancias exportadas temporalmente, los cuales varian segun la finalidad de la exportacion y el tipo de mercancia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la Ley Aduanera?

Los plazos de exportacion temporal varian segun la finalidad: hasta 2 anos para retorno en el mismo estado y hasta 1 ano para transformacion o reparacion. Estos plazos son prorrogables en ciertos casos. Las empresas deben solicitar prorrogas con anticipacion cuando prevean que no podran retornar la mercancia en el plazo original. El incumplimiento genera consecuencias fiscales.

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